¿Necesitas saber cuáles han sido las actuaciones para poder analizar cuándo prescribe realmente la multa?
En Foro accidentes te informamos de acuerdo con el apartado 2 del Art. 92 de la Ley de Seguridad Vial.
“La prescripción se interrumpe por cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado o esté encaminada a averiguar su identidad o domicilio y se practique con otras administraciones, instituciones u organismos. También se interrumpe por la notificación efectuada de acuerdo con los artículos 76, 77 y 78. El plazo de prescripción se reanudará si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado.”
En todo caso, pida ver el expediente para hacer el cómputo concreto de todas las actuaciones practicadas.
Para esta o cualquier otra situación, puedes ponerte en manos de Foro accidentes para que comencemos a trabajar y luchar por tus intereses.